Protección de activos de CFE Fibra E ante señalamiento del Departamento del Tesoro de EE. UU.
CFE Capital, filial de la Comisión Federal de Electricidad, afirmó que no existen riesgos directos al patrimonio de su vehículo de inversión CFE Fibra E tras el señalamiento del Departamento del Tesoro de Estados Unidos. La advertencia contra CIBanco, su fiduciario, se basa en presuntas operaciones de lavado de dinero vinculadas al tráfico ilícito de opioides, sin que esto afecte la estructura financiera de Fibra E.
La empresa recalcó que las normas de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito obligan a mantener los activos del fideicomiso segregados de los recursos de la entidad fiduciaria. Este blindaje legal impide cualquier afectación patrimonial directa ante la eventualidad de sanciones o medidas restrictivas al banco asesor.
El comunicado subraya que la autonomía de los recursos de Fibra E se sustenta en la legislación mexicana y en los términos contractuales, por lo que la operación del vehículo de inversión debería continuar sin alteraciones en sus flujos de efectivo ni en la garantía de pagos a los tenedores de certificados.
Mecanismos de blindaje patrimonial y segregación de recursos según la Ley General de Títulos
La Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito establece un marco jurídico para separar los bienes aportados al fideicomiso de los activos propios del fiduciario. Este mecanismo evita que eventuales sanciones o embargos sobre la institución fiduciaria se trasladen a los bienes de CFE Fibra E.
En el contrato de fideicomiso, se definen cláusulas específicas para resguardar los flujos de ingreso y salida, garantizando que la cobranza de rentas y el pago de inversionistas se realicen sin interferencia de terceros. Así, se salvaguarda la liquidez necesaria para cumplir con obligaciones financieras.
Adicionalmente, las auditorías internas y externas obligatorias permiten el seguimiento de las cuentas segregadas, manteniendo transparencia en el manejo de recursos. Estos informes refuerzan la certeza de que ningún recurso de Fibra E se confunde con el patrimonio de CIBanco.
Obligaciones del fiduciario y mantenimiento de activos
El fiduciario debe verificar de forma periódica el estricto cumplimiento del encaje legal de los bienes aportados. Cualquier incumplimiento de las garantías contractuales da lugar a mecanismos de sustitución del fiduciario establecidos en el propio contrato.
Este procedimiento contempla la designación de un nuevo administrador de activos sin necesidad de convocar a una asamblea de tenedores de certificados, garantizando continuidad operativa ante eventuales controversias.
Reacción ante las acusaciones de lavado de dinero vinculadas al tráfico de opioides
Frente a las imputaciones de lavado de dinero y tráfico ilícito de opioides, CFE Capital enfatiza la no participación de sus vehículos de inversión en operaciones dudosas. La filial niega cualquier vínculo directo con movimientos financieros que pudieran sostener actividades delictivas.
El señalamiento del Departamento del Tesoro contra CIBanco se basa en investigaciones internacionales, pero no implica una orden de bloqueo de activos de Fibra E. CFE Capital aclara que sus procedimientos internos de due diligence no han detectado anomalías en los flujos monetarios destinados al fideicomiso.
La firma informa que seguirá revisando sus políticas de prevención de lavado de dinero y reforzará los controles internos que permitan detectar operaciones inusuales. De esta forma, pretende evitar riesgos de reputación y operativos derivados de posibles vínculos con conductas ilícitas.
Aplicación de medidas contractuales en el fideicomiso
El contrato de fideicomiso contiene cláusulas específicas para activar planes de contingencia en caso de irregularidades en el fiduciario. Entre estas, figura la facultad de nombrar un liquidador o nuevo fiduciario sin alterar la vigencia del instrumento legal.
Asimismo, se contempla la liberación de garantías adicionales o la reestructuración de los flujos de ingresos, siempre con la supervisión de un comité técnico que vela por los intereses de los tenedores de certificados.
