Sentencia por hurto de vehículo equiparado en Culiacán
Jesús Héctor “N” fue sentenciado a cinco años de prisión por hurto de vehículo equiparado, en la modalidad de tránsito de auto robado. El proceso judicial arrancó tras la comprobación de que la unidad contaba con reporte de robo vigente.
La detención se registró en diciembre de 2023, cuando el conductor circulaba a exceso de velocidad en el fraccionamiento Alturas del Sur de Culiacán. Al percatarse de la presencia policial, intentó evadir a los agentes destinados al control de vehículos con reporte.
Detención y medidas cautelares
En la verificación de la placa y el número de serie se confirmó el reporte de robo emitido ese mismo día. Esta constatación derivó en la aprehensión inmediata y la puesta a disposición del Ministerio Público.
Durante la audiencia inicial, el juez determinó prisión preventiva oficiosa, señalando los riesgos de fuga y la gravedad del delito de transporte de auto robado como elementos para restringir la libertad del acusado.
Sanciones económicas impuestas
Además de la pena privativa de libertad, se aplicó una multa de 36 309 pesos como sanción administrativa por el hurto de vehículo. Este monto se calcula con base en la normativa local de responsabilidad penal.
El tribunal ordenó también el pago de 10 000 pesos por reparación del daño a favor de la víctima, destinado a resarcir los gastos derivados de la recuperación y restitución de la unidad sustraída.
Implicaciones legales del traslado de auto robado
El traslado de un auto robado se considera un delito agravado en el Código Penal de Sinaloa, pues favorece la operación de redes dedicadas al comercio ilícito de vehículos y dificulta su localización.
La figura de robo equiparado amplía el catálogo de conductas punibles, al incluir el transporte y la alteración de características del vehículo con reporte activo, lo que incrementa el espectro de responsabilidad penal.
Contexto normativo y sanciones
Según la legislación estatal, el hurto de vehículo en su modalidad de tránsito puede acarrear de tres a ocho años de prisión, en función del valor comercial del bien y la calidad del bien sustraído.
Las multas y la reparación del daño se determinan con base en las tablas oficiales, calculadas a partir de la tasación del vehículo y los gastos adicionales ocasionados a la víctima por la pérdida temporal o definitiva.