Operativo interinstitucional en Culiacán
Durante un operativo interinstitucional en el fraccionamiento Alturas del Sur, elementos de la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal coordinaron acciones para supervisar el cumplimiento de la normativa vial. El despliegue incluyó agentes de tránsito y policías estatales con el objetivo de detectar irregularidades en la circulación.
La intervención se centró en una motocicleta que circulaba sin placas, cuyos tripulantes carecían de licencia y casco. Esta situación motivó la aplicación de un procedimiento de inspección para verificar documentos y condiciones de la unidad conforme a los protocolos establecidos.
Revisión preventiva conforme a la Ley de Movilidad Sustentable
La detención de la motocicleta obedeció a una infracción vial contemplada en el artículo 461 de la Ley de Movilidad Sustentable del Estado de Sinaloa, que establece la obligatoriedad de portar placas visibles y equipo de seguridad. El incumplimiento de estos requisitos activa la revisión preventiva por parte de los agentes de tránsito.
La inspección se realizó en el lugar de la infracción y contempló la verificación de documentos de identificación y licencias de conducción, así como la revisión física de la motocicleta para descartar alteraciones o faltantes que comprometan la seguridad vial.
Intervención de la mujer y medidas de control
En el desarrollo de la revisión preventiva, una mujer se aproximó al punto de inspección y traspasó la línea de seguridad operativa, obstaculizando las labores de los oficiales. Su actuación generó un riesgo tanto para su integridad como para la de los elementos encargados del operativo.
La irrupción de la pasajera provocó un momento de tensión cuando los agentes intentaban mantener un perímetro seguro alrededor de la motocicleta, comprometiendo la estructura del operativo combinado y retrasando el proceso de amonestación.
Invasión de área segura
Al invadir el área delimitada para el control vial, la mujer impidió la realización de las tareas de inspección sin una advertencia previa. Esto vulneró las condiciones mínimas de seguridad en un escenario de autoridad pública.
La alteración del perímetro operativo agravó las circunstancias, pues obligó a los agentes a reacordonar el escenario y reajustar sus protocolos de actuación ante posibles agresiones o situaciones de riesgo.
Aplicación de medidas de control mínimas
Con fundamento en el artículo 9 de la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, se emplearon únicamente las medidas de control mínimas necesarias para restablecer el orden. Estas acciones incluyeron restricciones físicas suaves y comunicación verbal para disuadir comportamientos que obstaculicen el operativo.
Las autoridades precisaron que no se implementaron tácticas invasivas ni se ejerció fuerza excesiva, sino acciones orientadas a mantener la seguridad de la zona y evitar que la revisión preventiva se viera comprometida.
Marco legal sobre el uso de la fuerza
El uso legítimo de la fuerza en este tipo de operativos está regulado por la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza y la legislación estatal de movilidad. Estas normativas buscan garantizar que las acciones de control vial se ejecuten bajo principios de legalidad y proporcionalidad.
La Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal señaló que la intervención se ajustó a los estándares establecidos y que no hubo intención de agredir ni de vulnerar derechos fundamentales durante el procedimiento de inspección.
Posteriormente, el padre de la joven involucrada se presentó en el lugar, se identificó y se retiró junto con ella sin que se ejerciera detención alguna, conforme a la resolución pacífica promovida por los agentes.
