Contexto de la Ley Seca en la Elección Judicial 2025
A seis días de la histórica Elección Judicial 2025, programada para el 1 de junio, diversas autoridades han dispuesto la suspensión del expendio de bebidas alcohólicas con el fin de preservar el orden durante los comicios. Esta medida se enmarca en la necesidad de garantizar un desarrollo cívico y ordenado en una jornada que renovará ministros de la Suprema Corte, magistrados del TEPJF y jueces federales.
La imposición de esta veda de licor coincide con los procesos electorales locales y federales en los que se elegirán presidencias municipales, sindicaturas, regidurías y cargos jurisdiccionales. El anuncio de la restricción busca reducir incidentes relacionados con el consumo excesivo de alcohol y reforzar la percepción de seguridad en las casillas.
Sin embargo, la aplicación de esta prohibición plantea interrogantes sobre su efectividad y la capacidad de las autoridades para supervisar el cumplimiento en un contexto de múltiples elecciones simultáneas.
Prohibición de expendio de alcohol en entidades federativas
En Durango, la suspensión del expendio de bebidas alcohólicas entrará en vigor del 31 de mayo al 1 de junio, periodo en el que se celebran las votaciones de presidencias municipales, sindicaturas y regidurías. En el Estado de México, específicamente en Ecatepec de Morelos, se aplicará la misma veda.
Veracruz ha extendido la restricción para la Elección Judicial y los comicios locales del 31 de mayo al 1 de junio, mientras que Nuevo León presentó una solicitud oficial para instrumentar la medida durante esas fechas.
Por su parte, Sonora adoptará la Ley Seca bajo los términos de elección extraordinaria y San Luis Potosí prohibirá la venta de alcohol del 31 de mayo al 1 de junio, coincidiendo con las votaciones de ayuntamientos.
Fundamento jurídico y responsabilidades de seguridad electoral
El sustento legal de la prohibición se encuentra en el artículo 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, que faculta a las autoridades de seguridad a imponer la veda de licor para asegurar la integridad del proceso.
Con base en ese mandato, los cuerpos de vigilancia deben coordinarse con los gobiernos estatales para vigilar puntos de venta y evitar la permisión de expendio durante el plazo establecido.
Queda en evidencia el desafío de monitorear decenas de municipios en un corto lapso, lo cual podría afectar la uniformidad en la aplicación de la medida y generar vacíos de supervisión que pongan en riesgo el orden electoral.




















































































