Morelia, Michoacán.– Un juez federal resolvió a favor del grupo musical Los Alegres del Barranco, otorgándoles una suspensión provisional contra el decreto estatal que prohíbe la interpretación de narcocorridos y otros géneros musicales vinculados con la apología del delito en eventos públicos.
La medida fue concedida por el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Michoacán, en el marco del juicio de amparo 518/2025, tras considerar que el decreto vulnera derechos fundamentales como la libertad de expresión y el derecho al trabajo.
El decreto, publicado por el Gobierno de Michoacán en el Periódico Oficial del Estado, establece sanciones que incluyen multas de hasta 700 UMAs, suspensión de eventos y clausura de establecimientos para quienes interpreten música considerada como apología del delito, como corridos tumbados, bélicos o alterados.
El juez Sergio Santamaría Chamú argumentó que el decreto implica una censura previa incompatible con la jurisprudencia de la SCJN y tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Además, destacó que las restricciones impuestas no superan el test de proporcionalidad, al limitar de forma absoluta derechos sin justificar su necesidad o eficacia.
Gracias a esta resolución, Los Alegres del Barranco podrán continuar presentándose en eventos públicos, mientras se celebra la audiencia incidental, programada para el 15 de mayo de 2025 a las 10:45 horas, en la que se definirá si se mantiene o revoca la medida cautelar.
El Gobierno de Michoacán, por su parte, anunció que impugnará la resolución al considerar que “va contra el interés popular” y que el juez actúa con parcialidad.
