Estado de México.— Una jueza federal absolvió a Daniel Arizmendi López, “El Mochaorejas”, del delito de secuestro y declaró cumplida la pena de ocho años por delincuencia organizada, al considerar insuficientes los medios de prueba presentados por la PGR.
Lo que sabemos
- La resolución la dictó la jueza Segunda de Distrito en Materia Penal, Raquel Ivette Duarte Cedillo.
- Arizmendi fue absuelto del delito de secuestro por falta de pruebas de la entonces PGR.
- La jueza declaró cumplida la pena de ocho años impuesta por delincuencia organizada.
- Permanecerá en prisión por otros delitos: delincuencia organizada, homicidio agravado y posesión de armas de uso exclusivo del Ejército.
- Se le impuso una multa de 13,225 pesos; en caso de no pagar, deberá cumplir 500 jornadas de trabajo no remunerado.
Decisión judicial de la jueza Raquel Ivette Duarte Cedillo
La sentencia y la absolución fueron dictadas por la jueza Segunda de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, Raquel Ivette Duarte Cedillo. El tribunal consideró insuficientes los medios de prueba que la entonces Procuraduría General de la República presentó respecto al secuestro.
Con base en esa valoración probatoria, la jueza dejó sin efecto la imputación por secuestro y registró como cumplida la pena de ocho años por el delito relacionado con delincuencia organizada. El fallo no exoneró otros procesos penales que pesan contra Arizmendi.
Situación legal actual y cargos pendientes
Daniel Arizmendi López conservará prisión preventiva debido a procesos abiertos por homicidio agravado, posesión de armas de uso exclusivo del Ejército y otros asuntos ligados a delincuencia organizada. Esos expedientes mantienen vigencia y no se vieron afectados por la absolución en el cargo de secuestro.
La fuente indica que Arizmendi fue detenido en y lleva 27 años preso. Los registros judiciales reflejan múltiples carpetas de investigación y sentencias parciales en distintos procesos federales.
Multa y trabajo a favor de la comunidad
Además de la absolución por secuestro, la jueza impuso a Arizmendi una multa por 13,225 pesos. El fallo establece que, si no cubre la sanción económica, deberá cumplir 500 jornadas de trabajo no remunerado a favor de la comunidad.
El cumplimiento de la multa o de las jornadas alternativas queda supeditado al avance de los otros procesos penales. La resolución especifica las consecuencias administrativas por incumplimiento, sin modificar las medidas cautelares en los expedientes restantes.






























































































