Chihuahua, Chihuahua – El Expediente IEE-PES-020/2025, tramitado por el Instituto Estatal Electoral (IEE) de Chihuahua, continúa siendo un epicentro en el debate sobre la violencia política de género y sus límites con la libertad de expresión. Iniciado el 15 de abril de 2025, el caso involucra a Silvia Rocío Delgado García, candidata a Jueza Penal del Poder Judicial del Estado de Chihuahua, quien denuncia ser víctima de una campaña de desprestigio.

Cabe destacar, que ya es Jueza Federal, ganó la elección en el ejercicio pasado.
Delgado García sostiene haber sido blanco de una «campaña desmedida de desprestigio» y «denigración» en diversos medios de comunicación y redes sociales. Alega que se le ha criticado y juzgado por su labor profesional, específicamente por haber representado a Joaquín Guzmán Loera («El Chapo») en 2016. La candidata argumenta que este tipo de crítica no se aplicaría de la misma forma a candidatos varones, quienes, por una labor similar, serían calificados como «profesionales», «preparados», o «valientes», mientras que a ella se le busca desprestigiar, insinuando colusión con el crimen organizado y menoscabando su capacidad y carrera por el hecho de ser mujer.
Estos hechos han sido preliminarmente identificados como violencia simbólica en sus modalidades comunitaria, política, digital y mediática.
Miguel Alfonso Meza: Principal Denunciado por publicar en Redes Sociales
Un actor central en esta denuncia es Miguel Alfonso Meza, quien ha sido identificado como una de las partes denunciadas en el expediente. La denuncia de Silvia Rocío Delgado García lo señala como el propietario de una página que comenzó a difundir su fotografía y a clasificar su candidatura como «ALTAMENTE RIESGOSA».
Se alega que Miguel Alfonso Meza también realizó videos publicados en las redes sociales de TikTok e Instagram. De hecho, la información obtenida de Meta Platforms, Inc. para la cuenta de Instagram «miguelmezac_» confirmó que el nombre proporcionado por el titular de la cuenta es Miguel Alfonso Meza, y que la cuenta fue creada el 2 de julio de 2017.
Desafíos en la Investigación y Sanciones a Empresas
La investigación del IEE ha enfrentado obstáculos para obtener información. Se realizaron solicitudes de datos a plataformas como Meta Platforms, Inc. (Instagram) y TikTok Pte. Limited. Aunque Meta y TikTok finalmente proporcionaron cierta información tras múltiples requerimientos, TikTok aclaró que, para registrarse en su plataforma, no es necesario un nombre completo, sino una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono, compartiendo los datos disponibles de la cuenta indicada, que podrían ser suficientes para identificar a la persona responsable.
Un punto destacado en el procedimiento es la imposición de una multa de diez veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) a AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. de C.V., el 8 de julio de 2025. Esta sanción se dictó debido a la falta de cumplimiento por parte de la empresa de telecomunicaciones para proporcionar datos de líneas telefónicas, argumentando que esto requeriría una orden judicial federal para proteger la inviolabilidad de las comunicaciones privadas.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) también coincidió en que carece de atribuciones para ordenar la entrega de información sin una autorización judicial federal, indicando que la autorización corresponde exclusivamente a la autoridad judicial federal.
El Debate sobre la Libertad de Expresión y la Violencia Política de Género
Este caso se enmarca en un debate más amplio sobre los límites de la libertad de expresión en México, especialmente cuando se cruza con las denuncias de violencia política contra las mujeres en razón de género (VPMRG). Según María Marván Laborde, en su artículo «Dato Protegido: síntoma de una democracia enferma», fenómenos como el uso del hashtag #DatoProtegido son un síntoma de una democracia enferma que socava la libertad de expresión y la protección de la opinión pública.
Marván Laborde critica una «hipersensibilidad de una clase política que quiere todo el poder sin ningún contrapeso», incluso el de una opinión pública crítica. La autora cita ejemplos donde se ha abusado de recursos públicos para humillar a ciudadanos que critican a representantes populares y cómo se ha trivializado la figura de la violencia política de género.
En el artículo de Nexos, se señala que, en algunos casos, las denuncias de VPMRG se han utilizado para castigar «casi cualquier dicho propio de las campañas electorales», y que mujeres que han tomado «decisiones de dudosa probidad» han optado por invocar la VPMRG para evitar críticas, siendo las personas denunciantes sancionadas por los tribunales electorales, como Héctor de Mauleón y Karla Estrella. Esto, según la autora, «trastoca el sentido de las campañas políticas como un momento por excelencia en el que la opinión pública puede y debe exhibir las falencias de las y los candidatos, en particular si se trata de posibles actos de corrupción».
Marván Laborde también advierte que una democracia enferma permite que las leyes sirvan para que los poderosos humillen a la ciudadanía, protejan datos personales de servidores públicos contra denuncias de corrupción y castiguen crímenes de violencia política para inhibir la discusión política.
En el procedimiento del IEE-PES-020/2025, se ha subrayado que, al tratarse de un caso de presunta VPMRG, se aplica el principio de reversión de la carga de la prueba.
Esto significa que, ante las dificultades probatorias inherentes a este tipo de violencia, la persona denunciada como responsable tendrá la carga de desvirtuar fehacientemente los hechos que se le atribuyen. Este principio busca equilibrar el proceso y garantizar el acceso efectivo a la justicia para la víctima, presumiendo la veracidad de los hechos narrados por ella a partir de que la violencia no siempre es fácil de evidenciar con pruebas cotidianas.
No obstante, el mismo proveído del IEE advierte que este criterio «implica una modificación sustancial a las reglas procesales previstas en la ley que puede trascender al derecho a una adecuada defensa».
Sinaloahoy, Propiedad de Joel Hernández, Entre los Denunciados
Sinaloahoy.com.mx, un portal de noticias que cubre eventos en Sinaloa y noticias nacionales, es uno de los medios de comunicación señalados en la denuncia de Delgado García.
Específicamente, se menciona una nota publicada el 3 de abril de 2025, titulada «Candidata a Jueza Penal Local: Silvia Delgado García, Exdefensora de El Chapo en Chihuahua», escrita por Paola Padilla. Este artículo detalla su postulación y antecedentes profesionales, haciendo hincapié en su rol como defensora de un «acusado de alta notoriedad» en 2016.
Es relevante destacar que Joel Hernández García es el titular de la marca SINALOAHOY. Este registro fue presentado el 10 de junio de 2022 y tiene vigencia hasta el 25 de septiembre de 2033, cubriendo «servicios de acceso de usuario a portal de noticias en internet».
La notificación formal a Sinaloahoy para la audiencia de pruebas y alegatos se realizó en su domicilio de Mazatlán. El 11 de agosto de 2025, una empleada, recibió la cédula de notificación y un disco compacto con la totalidad del expediente.
Próxima Audiencia Clave
La audiencia de pruebas y alegatos, fundamental para el desarrollo del caso, ha sido reprogramada para el 26 de agosto de 2025 a las doce horas, a través de la plataforma Microsoft Teams. Esta audiencia será crucial para determinar la responsabilidad de los denunciados en el contexto de la aplicación del principio de reversión de la carga de la prueba, en un caso que resalta la delgada línea entre la crítica legítima y la violencia política de género en el actual panorama mediático y político de México.
Cabe destacar que en Sinaloahoy, sin importar el género, publicaremos la información que es de dominio público.




















































































