Revocación del programa de parole humanitario y alcance de la medida
El 30 de mayo, la Corte Suprema de Estados Unidos aceptó sin opinión escrita la apelación del gobierno anterior y autorizó la revocación del programa de “parole” humanitario para migrantes de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela. Esta decisión frena el ingreso legal amparado por la administración de 2022–2023, que había permitido establecer un mecanismo de residencia y trabajo temporal bajo patrocinio.
El programa de alivio migratorio otorgó estatus provisional a más de 530 000 personas en dos años, siempre que cumplieran controles de seguridad. La suspensión de ese estatus abre un nuevo escenario de incertidumbre para los beneficiarios, quienes habían regulado su estancia en el país conforme a los requisitos establecidos.
Consecuencias en el proceso de deportación acelerada para migrantes
Con la negativa de la Corte Suprema, cerca de medio millón de beneficiarios quedan expuestos a un proceso de deportación acelerada. El mecanismo de “expedited removal” implica que las autoridades migratorias pueden iniciar trámites de expulsión sin audiencia ante un juez de inmigración, recortando plazos y oportunidades de defensa.
La terminación repentina del estatus de “parole” humanitario coloca a los migrantes en riesgo inmediato de detención y posibles traslados a centros de detención. La falta de revisión individual intensifica la presión sobre quienes habían cumplido con cada etapa administrativa y de seguridad.
Litigios en tribunales inferiores y revisión caso por caso
Después del fallo de la Corte Suprema, persisten recursos presentados en cortes de primera instancia. Una jueza federal en Massachusetts y un panel del Primer Circuito han ordenado evaluaciones individuales antes de proceder a la cancelación del estatus de cada migrante. Estas resoluciones mantienen vivo el debate sobre la aplicación de la normativa federal.
El gobierno defiende su discrecionalidad para otorgar o revocar el alivio migratorio, mientras los tribunales inferiores presionan por un análisis detallado de cada solicitud de “parole” humanitario. El choque institucional prolonga la incertidumbre sobre el futuro legal de los afectados.
Órdenes de tribunales de primera instancia
En las decisiones de segunda instancia, se exige un procedimiento individualizado que evalúe los méritos de cada caso. Los tribunales han subrayado la obligación legal de revisar cada solicitud en función de criterios humanitarios y de seguridad, limitando las acciones masivas sin examen previo.
Esta línea jurisprudencial introduce una pausa en la aplicación inmediata de la revocación y otorga un nivel de protección adicional a los beneficiarios, al menos hasta que se resuelvan los recursos presentados ante las instancias inferiores.
Opiniones disidentes de juezas y posibles daños a los beneficiarios
Las juezas disidentes Ketanji Brown Jackson y Sonia Sotomayor advirtieron sobre el daño irreparable que causa la cancelación sin revisión individual. Señalaron que la medida no solo altera la vida cotidiana de los migrantes, sino que también pone en riesgo sus medios de subsistencia y la seguridad de las familias que dependían del permiso temporal.
El voto en contra destacó que la revocación repentina ignora el principio de equidad procesal y vulnera la confianza depositada por quienes cumplieron todos los requisitos. Estas advertencias reflejan la tensión entre la discrecionalidad administrativa y el respeto a los derechos de las personas sujetas a procedimientos migratorios.
