La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana anunció que una reforma federal prohíbe los inhibidores de señal (jammers) en todo México; el decreto fue publicado en el Diario Oficial el y entró en vigor el .
Puntos clave
- Se añadió el artículo 190 Bis a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y se modificó el Código Penal Federal.
- Quedan prohibidas fabricación, comercialización, adquisición, instalación, portación, uso y operación de jammers en todo el territorio nacional.
- El uso de estos equipos se restringe a autoridades penitenciarias y a instancias de seguridad pública federales y de seguridad nacional.
- La SSPC coordinará la entrega, destrucción o inutilización de los dispositivos asegurados.
- Los particulares tuvieron un plazo máximo de 30 días desde la entrada en vigor para entregar los equipos a la SSPC.
Cambios legales: artículo 190 Bis y modificaciones al Código Penal Federal
La reforma incorporó el artículo 190 Bis a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para establecer la prohibición expresa de dispositivos que bloqueen señales. Con ello se busca cerrar vacíos normativos referentes al control de radiocomunicaciones y transmisiones de datos.
El decreto también incluyó ajustes en el Código Penal Federal para tipificar conductas relacionadas con estos equipos. Entre las conductas prohibidas se enlistan:
- Fabricación y comercialización de equipos inhibidores.
- Adquisición, instalación y portación de estos dispositivos.
- Uso y operación que bloqueen o anulen señales de telefonía, radiocomunicación o transmisión de datos e imagen.
Alcance operativo y responsabilidades de la SSPC
La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana será la encargada de coordinar la recepción y la destrucción o inutilización de los equipos asegurados. La dependencia asumió facultades de supervisión para el cumplimiento del decreto.
Los particulares que poseían inhibidores debían entregarlos a la SSPC dentro de los 30 días siguientes a la entrada en vigor del decreto del . La medida estableció procedimientos para el manejo y disposición de los dispositivos.
Entidades autorizadas para el uso
El uso queda restringido exclusivamente a autoridades de centros de reinserción social, establecimientos penitenciarios y centros de internamiento para menores. También se permite su empleo a instancias de seguridad pública federales y de seguridad nacional en ejercicio de sus atribuciones.
Objetivo institucional: combatir el uso criminal de jammers
La reforma busca impedir que grupos criminales utilicen inhibidores para anular sistemas de rastreo y comunicación, como ocurre en robos de vehículos. El cambio legal pretende reforzar la capacidad del Estado frente a la delincuencia tecnológica.
Al prohibir y regular el manejo de estos equipos, las autoridades pretenden reducir riesgos para la seguridad pública y garantizar la integridad de las redes de comunicación. La norma además busca cerrar el vacío legal que permitía su circulación y uso no autorizado.































































































