El gobierno de México amplió las atribuciones del Dispositivo Nacional de Emergencia de Sanidad Animal (DINESA) para frenar el avance del gusano barrenador del ganado (GBG), con medidas vinculantes publicadas en el Diario Oficial el .
Puntos clave
- DINESA adquirió carácter obligatorio para autoridades, propietarios, veterinarios y transportistas.
- Movilización de animales requiere Certificado Zoosanitario de Movilización (CZM) y tratamientos previos.
- Prohibido trasladar animales con heridas abiertas, agotamiento o infestación por GBG.
- SENASICA coordina detección y respuesta; el gobierno clasificó ocho zonas para acciones.
Medidas del DINESA y obligaciones para la ganadería
La publicación del dispositivo en el Diario Oficial convierte los lineamientos en obligatorios para toda la cadena pecuaria: funcionarios estatales, propietarios, veterinarios, importadores y transportistas deberán cumplirlos.
El secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Julio Berdegué Sacristán, destacó la necesidad de mantener y reforzar la contención de la plaga para evitar su dispersión en el territorio.
“Mantener y reforzar” la contención de la plaga, dijo Julio Berdegué Sacristán, secretario de Agricultura y Desarrollo Rural.
Requisitos sanitarios para la movilización de ganado (CZM y puntos de verificación)
Para autorizar traslados, los movilizadores deben presentar un Certificado Zoosanitario de Movilización (CZM) que acredite el cumplimiento de protocolos. El ganado tiene que recibir tratamientos antiparasitarios entre 3 y 5 días antes de la obtención del CZM.
Antes de salir, los animales deben bañarse por aspersión o inmersión con un insecticida de acción larvicida y pasar una inspección física para descartar heridas abiertas o signos de infestación.
- Puntos de verificación e inspección federal (PVIF)
- Puntos de verificación interna (PVI)
- Puntos de verificación emergente (PVIE)
Traslados procedentes de áreas afectadas deberán detallar el paso por esos puntos en el CZM, donde agentes podrán aplicar tratamientos adicionales y negar el movimiento si detectan riesgos.
Manejo de animales infectados, especies afectadas y zonas clasificadas
La normativa prohíbe movilizar ejemplares incapaces de mantenerse en pie, enfermos, fatigados, con heridas abiertas o infestados por el gusano barrenador del ganado. El objetivo es mitigar el riesgo de dispersión entre unidades productivas.
Los animales heridos deben permanecer bajo la atención de sus propietarios y recibir insecticidas cicatrizantes hasta la cicatrización total; no pueden abandonarse ni trasladarse desde el centro de origen mientras no sanen.
Especies susceptibles
El acuerdo menciona específicamente bovinos, bufalinos, bisontes, ovinos, caprinos, porcinos y aves como sujetos a las medidas y controles sanitarios.
El gobierno también clasificó ocho zonas para implementar acciones focalizadas contra el GBG, con SENASICA como pieza clave en la detección y la respuesta ante focos de infestación.




















































































