Ciudad de México, México.— El Gobierno de México, con la presidenta Claudia Sheinbaum, decretó la expropiación de 26 inmuebles en Chiapas, Campeche, Yucatán y Quintana Roo para garantizar la ejecución inmediata del proyecto Tren Maya; la medida se publicó en el Diario Oficial de la Federación.
Puntos clave
- Objeto: asegurar continuidad de los tramos 1, 3, 5, 6 y 7 del Tren Maya y obras de infraestructura pública relacionadas.
- Superficie afectada: 44,447.31 m² y las construcciones e instalaciones existentes en los predios.
- Estados y municipios afectados:
- Chiapas: Palenque
- Campeche: Candelaria, Calakmul
- Yucatán: Mérida, Izamal
- Quintana Roo: Solidaridad, Othón P. Blanco, Bacalar
- Ocupación inmediata: SEDATU puede proceder a la ocupación y la medida no queda sujeta a suspensión por medios de defensa una vez emitido el decreto.
- Indemnización y recursos: Tren Maya, S.A. de C.V. pagará la indemnización con base en dictámenes de INDAABIN; los propietarios podrán recurrir solo el monto dentro de diez días hábiles.
Alcance de la expropiación y predios transferidos a Tren Maya
El decreto transfiere los bienes a favor de la Federación a través de Tren Maya, S.A. de C.V., e incluye tanto suelo como las construcciones existentes. Se especifica una superficie total de 44,447.31 m² distribuida entre 26 inmuebles en cuatro estados del sureste.
El gobierno señala que la medida busca garantizar la ejecución inmediata del proyecto ferroviario en los tramos señalados. Con ello se pretende evitar retrasos por disputas de tenencia en las secciones ya identificadas.
Procedimiento legal, ocupación y plazos por la SEDATU
La Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano (SEDATU) recibió facultades para proceder a la ocupación inmediata de los predios afectados. La disposición establece que ningún medio de defensa legal podrá suspender la ocupación una vez publicado el decreto.
Los propietarios cuentan con un plazo de diez días hábiles desde la notificación para impugnar ante la vía judicial, pero la impugnación solo podrá dirigirse al monto de la indemnización y no a la expropiación en sí. Esa limitación reduce las opciones de bloqueo del proyecto mediante recursos precautorios.
Indemnización, valuación por INDAABIN y cláusula de reversión
La compensación queda a cargo de Tren Maya, S.A. de C.V. y se sustentará en dictámenes valuatorios emitidos por el Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN). El decreto garantiza el pago, aunque permite la impugnación judicial del monto, no la medida expropiatoria.
Cláusula de reversión y plazos adicionales
Si los terrenos no se destinan a los fines que motivaron la expropiación dentro de cinco años, los afectados podrán solicitar la devolución total o parcial. En ese supuesto dispondrán de dos años adicionales para ejercer la acción correspondiente, según lo establecido en el decreto.















































































