Carta de mecanismos de la ONU sobre desapariciones y crisis forense
El 4 de junio de 2025 cinco mecanismos de derechos humanos de la ONU remitieron una carta oficial al gobierno de México para expresar su preocupación por la crisis de desapariciones en el país. Las instancias firmantes incluyeron el Grupo de Trabajo sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria y varios relatores especiales.
El documento pone en relieve riesgos sistémicos relacionados con la localización de personas desaparecidas y la protección de quienes participan en labores de búsqueda. La comunicación combina hallazgos sobre prácticas clandestinas con observaciones sobre procesos forenses y reformas legales.
Hallazgos: crematorios clandestinos en Teuchitlán, Jalisco y presunta implicación de grupos delictivos
En la carta los organismos reportaron el hallazgo de al menos tres supuestos crematorios clandestinos en el municipio de Teuchitlán, Jalisco, presuntamente utilizados por grupos delictivos. Esos hallazgos forman parte de las preocupaciones expuestas sobre prácticas que podrían interferir con la identificación de cuerpos y con la preservación de evidencias.
Los mecanismos destacaron la existencia de instalaciones clandestinas como un elemento que complica las labores forenses y la localización de víctimas. El hallazgo fue señalado explícitamente en el documento como uno de los puntos que motivaron la comunicación con las autoridades mexicanas.
Riesgos a la seguridad de buscadores y defensores de derechos humanos — amenazas y ausencia de garantías
Los organismos advirtieron sobre riesgos a la seguridad de las personas y de los defensores que participan en labores de búsqueda de desaparecidos, señalando una situación de vulnerabilidad para quienes realizan esas tareas. La carta subraya la necesidad de medidas efectivas de protección para evitar represalias o agresiones contra buscadores.
Además, el documento apunta a la ausencia de garantías de protección para buscadores y defensores, lo que incrementa la exposición a amenazas y limita la posibilidad de avanzar en la localización de personas desaparecidas. Esa falta de garantías fue destacada como un factor que obstaculiza las labores de búsqueda.
Crisis forense persistente y dificultades de identificación — impacto en la localización de víctimas
Los mecanismos señalaron la persistencia de una crisis forense que dificulta la identificación y localización de víctimas, enfatizando problemas en capacidad técnica y procedimientos de identificación. La carta asocia esas deficiencias con la imposibilidad de resolver casos y de ofrecer resultados concretos a las familias.
La crisis forense, según el documento, tiene efectos directos en la eficacia de los procesos de búsqueda y en la integridad de la cadena de custodia de evidencias. La acumulación de obstáculos técnicos y administrativos aparece como un impedimento para la localización y el reconocimiento de personas desaparecidas.
Efectos de reformas legislativas y posibles consecuencias en procesos de localización de personas desaparecidas
En la comunicación los organismos expresaron inquietud por posibles efectos negativos de reformas legislativas recientes sobre el proceso de localización de personas desaparecidas. La carta advierte que cambios normativos podrían alterar procedimientos clave y reducir garantías procesales en investigaciones y búsquedas.
Los mecanismos relacionan las modificaciones legales con riesgos operativos en la identificación y protección de víctimas y buscadores. La observación plantea dudas sobre la compatibilidad de esas reformas con estándares internacionales y con la eficacia práctica de los procesos de localización.
Respuesta gubernamental y seguimiento institucional
A dos meses de emitida la carta, las autoridades mexicanas no habían respondido a la comunicación enviada por los mecanismos de la ONU. Esa falta de respuesta fue consignada en el seguimiento de la comunicación y se menciona como dato sobre la interacción entre las instancias internacionales y el Estado.
La ausencia de contestación por parte de las autoridades constituye un elemento registrado por los órganos firmantes y forma parte del registro de acciones y omisiones que la carta documenta. El documento fue enviado con el objetivo de obtener aclaraciones y medidas, cuya recepción no fue confirmada en el plazo señalado.
Plazo de dos meses sin respuesta
El documento indica explícitamente que, transcurridos dos meses desde el envío de la carta, no se había recibido una respuesta oficial de las autoridades mexicanas. Esa constatación figura en el registro del envío y del seguimiento de la comunicación por parte de los mecanismos de derechos humanos.
La observación sobre el plazo sin respuesta se incluye como parte de los hechos consignados en la carta y refleja el estado de la comunicación entre los mecanismos internacionales y las autoridades al momento del informe. No se añade otra información sobre gestiones posteriores en el mismo documento.




















































































