Daddy Yankee y la disolución de sus corporaciones
El artista Ramón Ayala Rodríguez, conocido como Daddy Yankee, presentó una petición de disolución de varias sociedades que compartía con su exesposa. Entre las sociedades afectadas figuran Green Wall Luxury, Crabby Cottage, Los Cangris y C & C Artistic Management. Las empresas El Cartel y Kong Hambre ya habían sido disueltas con anterioridad.
La acción legal fue sometida ante el Tribunal de San Juan, Puerto Rico, donde se detallan las corporaciones sujetas a disolución. La solicitud formaliza el cese de la administración conjunta y busca cerrar definitivamente la gestión compartida de dichos negocios.
Motivos de la petición de disolución empresarial
Según el escrito presentado, al retomar el control operativo de las empresas el artista detectó irregularidades en la administración y una falta de comunicación sostenida con su exesposa. El texto señala que estas deficiencias impiden la operación conjunta de forma viable.
La petición también menciona la inexistencia de un propósito comercial compartido. Esta ausencia de objetivos comunes refuerza la solicitud de Daddy Yankee de disolver las sociedades para evitar conflictos posteriores y costos operativos innecesarios.
Deficiencias administrativas y ruptura de confianza
En el documento legal se hace énfasis en irregularidades contables y administrativas que comprometen la transparencia de las compañías. Se destacan faltas en la presentación oportuna de informes financieros y ausencias de controles internos.
La falta de confianza mutua se describe como determinante para declarar inviable la gestión conjunta. El solicitante afirma que la comunicación con la otra accionista es insuficiente para coordinar decisiones estratégicas o financieras.
Base legal en la Ley General de Corporaciones de Puerto Rico
La normativa local faculta a cualquier accionista de una empresa común a pedir la disolución cuando no existe acuerdo entre las partes. Esta prerrogativa busca proteger los intereses de los involucrados y evitar bloqueos en la gestión societaria.
El artículo correspondiente de la Ley General de Corporaciones de Puerto Rico establece los procedimientos y plazos para tramitar la solicitud y proceder al cierre de la sociedad. La corte evalúa la petición y, de encontrar fundamentos sólidos, ordena la liquidación del patrimonio corporativo.
Una vez decretada la disolución, se nombran liquidadores que se encargan de saldar deudas, distribuir activos y realizar los trámites de baja registral. Este proceso garantiza el cumplimiento de obligaciones y la protección de terceros vinculados a las empresas.
