Investigación por ejercicio indebido y abandono del servicio público en Jalisco
La Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Jalisco atribuyó a Carla Verenice “N” los presuntos delitos de ejercicio indebido de funciones y abandono del servicio público durante su gestión como regidora de Puerto Vallarta. Según la acusación, se incorporó a dos familiares directos como asesores sin que prestaran actividad alguna, lo que podría representar un perjuicio al patrimonio de la dependencia.
El señalamiento describe una contratación irregular de su yerno y de su sobrino, sin evidencia de labores desempeñadas. El caso se centra en determinar si estas designaciones obedecieron a criterios de mérito o respondieron a criterios de favoritismo, con posibles violaciones al marco normativo de responsabilidad administrativa y penal.
Formalización de la vinculación a proceso en el Octavo Distrito Judicial
La audiencia relativa a la vinculación a proceso penal se reanudó el 14 de julio en los Juzgados del Octavo Distrito Judicial de Puerto Vallarta. El juez de Control y Oralidad Miguel García Hernández resolvió que existían suficientes indicios para iniciar formalmente el procedimiento contra la exregidora.
Durante la sesión, la fiscalía expuso las pruebas y testimonios que fundamentan la acusación de abandono del servicio público, mientras que la defensa cuestionó la solidez de las imputaciones.
La determinación de vinculación se apoyó en elementos documentales y declaraciones que apuntan a la ausencia de funciones reales de los supuestos asesores.
Medidas cautelares dictadas en el proceso judicial
Tras la vinculación, el juez impuso distintas medidas cautelares con el objetivo de garantizar la comparecencia de la imputada y la protección de testigos. Tales restricciones buscan preservar el desarrollo imparcial del proceso y salvaguardar elementos de prueba relevantes.
El dispositivo incluye la obligación de firma periódica ante la autoridad, prohibición de salida del país y limitación de acercamiento a personas involucradas. Estas condiciones deben cumplirse por al menos seis meses, según lo establecido en la resolución judicial.
Obligación de firma mensual ante la autoridad
Entre las medidas destaca la presentación mensual de la imputada ante la Unidad de Medidas Cautelares, requisito establecido para corroborar su localización y seguimiento judicial. Esta carga procesal busca asegurar su disponibilidad durante el procedimiento.
La frecuencia de las comparecencias responde a la necesidad de supervisar el cumplimiento de las demás restricciones y el desarrollo del caso sin interferencias externas o riesgos de evasión.
Prohibición de movilidad y acercamiento a testigos
Además, se le prohibió salir del territorio nacional, con la finalidad de evitar la obstrucción del proceso o la sustracción de la investigación. Este impedimento persigue mantener a la acusada dentro de la jurisdicción competente.
La resolución también impide cualquier aproximación a víctimas, ofendidos o testigos por un periodo de seis meses. Este precepto pretende resguardar la integridad de posibles denunciantes y garantizar la conducta de las diligencias sin presiones.
Detención y orden de aprehensión derivada de denuncia ciudadana
La detención de Carla Verenice “N” se materializó el 8 de julio, tras no acudir voluntariamente a las citaciones del Ministerio Público ni atender el mandato judicial. Ante la omisión, se ejecutó una orden de aprehensión motivada por la denuncia ciudadana presentada en 2023.
La captura respondió al incumplimiento de comparecencias y a la necesidad de garantizar la presencia de la imputada en el proceso penal. Con esta acción, las autoridades buscan consolidar el avance del caso sin riesgo de dilación o evasión de la acción de la justicia.




















































































