Proceso de arbitraje secreto y contratos gubernamentales
Un arbitraje privado se llevó a cabo en Israel entre los empresarios Avishai Neriah y Uriel Ansbacher. Ambas partes sometieron sus disputas a un tribunal civil local, optando por un método confidencial de resolución.
El procedimiento se basó en la ley religiosa judía, con tres rabinos designados como árbitros. Este enfoque marcó un giro respecto a la vía judicial convencional y mantuvo la privacidad del proceso.
Los documentos del tribunal civil describen que el objetivo principal era resolver un reclamo relacionado con inversiones realizadas al inicio del sexenio de Enrique Peña Nieto. El contexto apunta a la búsqueda de contratos gubernamentales y acceso privilegiado.
Disputa por la inversión Peña Nieto y demandas de pago
En la controversia, Ansbacher reclamó la devolución de la mitad de los 25 millones de dólares supuestamente invertidos. Sostuvo que ese monto le otorgaba el derecho a tres reuniones privadas con el expresidente.
Según el expediente, dichas reuniones fueron pactadas pero nunca llegaron a celebrarse, lo que motivó la demanda de compensación. Ese contrato informal quedó plasmado en el acta arbitral.
Por su parte, Neriah argumentó que ya había efectuado pagos anticipados. Se registró un abono de 4 millones de dólares a Ansbacher antes de cualquier encuentro con los presuntos intermediarios.
Decisiones del laudo arbitral y uso de fondos políticos
Los árbitros reconocieron la realización de la inversión pero concluyeron que ambos disfrutaron de puertas abiertas ante el gobierno mexicano. Esta valoración impidió la restitución de los aportes.
El laudo estableció que, al contar con acceso simultáneo a altos funcionarios, ninguna de las partes tenía derecho a recuperar capital. Esa interpretación se sustentó en el principio de equidad entre reclamos.
Una fuente vinculada al procedimiento indicó que la mayor parte de los 25 millones se destinó a financiar gastos políticos. El fallo, sin embargo, no desglosa partidas ni beneficiarios.
Menciones de software espía y suministros en el arbitraje
El expediente arbitral incluye referencias indirectas al suministro de software de monitoreo con características propias de spyware avanzado. Estas menciones aparecen sin detallar licencias ni desarrolladores.
También se alude a entregas de equipo de vigilancia, cámaras y uniformes. Los costos y destinatarios finales no se especifican, solo figuran como parte de los acuerdos entre las partes.
Venta de software de vigilancia
Los registros describen la venta de un sistema de espionaje identificado por rasgos técnicos similares a Pegasus. No se aclara el origen ni la forma de pago aplicable a ese contrato.
Se menciona que ese software se integró a proyectos de seguridad interna, aunque no existe referencia directa a licencias oficiales o cobertura legal dentro de México.
Provisión de equipos y uniformes
El arbitraje alude a transacciones relacionadas con cámaras de videovigilancia y uniformes para personal de seguridad. Estos equipos habrían sido entregados al gobierno mexicano en distintos envíos.
Los documentos carecen de detalles sobre precios unitarios o firmas de recepción, limitándose a registrar cantidades y fechas de entrega aproximadas.
Registro judicial y posible acceso a documentos
El laudo arbitral está asentado en los registros civiles de Israel, disponible para consulta mediante los canales formales del tribunal. Su naturaleza pública permite su revisión por investigadores autorizados.
Para que el laudo sea ejecutable, la misma corte debe ratificar o anular la decisión en una audiencia posterior. Ese paso es obligatorio antes de iniciar acciones de cumplimiento.
Según el estatuto judicial, entidades extranjeras pueden solicitar copias oficiales con fines de investigación, siempre que cumplan con los requisitos de la corte superior.
Posturas oficiales y potencial inicio de investigaciones
Hasta la fecha, ninguno de los empresarios implicados ha desmentido la existencia de la inversión. El registro arbitral mantiene vigente el reclamo sin responder a cuestionamientos públicos.
Peña Nieto ha declarado no haber recibido fondos, postura que contrasta con las evidencias plasmadas en el laudo. Ese choque de versiones podría incidir en la apertura de carpetas de investigación.
La documentación judicial podría servir como base para solicitar información adicional y verificar el destino de los recursos. Cualquier avance requeriría el aval de autoridades con facultades de indagación formal.




















































































