Reparo judicial a aranceles bajo la IEEPA
Un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones del Comercio Internacional de Estados Unidos determinó que el presidente no tiene autoridad para imponer aranceles generalizados invocando la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA). La decisión responde a al menos siete demandas presentadas por importadores y asociaciones comerciales que cuestionaban el alcance de la facultad ejecutiva.
Los magistrados concluyeron que la persistente balanza comercial deficitaria —que acumula 49 años consecutivos— no constituye una “amenaza inusual y extraordinaria” que justifique la imposición de gravámenes masivos bajo la IEEPA. El fallo revoca las tarifas de emergencia establecidas en 2018 y deja sin efecto la aplicación de nuevos porcentajes.
El dictamen judicial suspende de manera inmediata los aranceles aplicados sobre la mayoría de las importaciones, al estimar que la Administración excedió los límites constitucionales y legales en la emisión de la orden ejecutiva. Con ello, se abre paso a una revisión más detallada del alcance de los poderes presidenciales en materia comercial.
Suspensión de gravámenes de importación
La medida de la Corte deja en suspenso tres líneas principales de aranceles que habían sido decretadas por la Casa Blanca. Entre ellas destacan tarifas dirigidas a productos procedentes de China, así como gravámenes selectivos para algunas mercancías de México y Canadá.
El alcance de esta suspensión se extiende también a un cargo universal del 10 % sobre la mayoría de bienes importados al país. Los importadores podrán solicitar la devolución de los montos ya pagados en virtud de estas disposiciones, sujetas al trámite administrativo correspondiente.
Tarifas a China y al Cono Norte
El gravamen del 30 % aplicable a las importaciones originarias de China queda sujeto a revocación, aunque los productos específicos ya habían sido clasificados bajo categorías diversas para su cobro. La resolución judicial condiciona la reanudación de dichos cargos a una autoridad legislativa explícita.
En paralelo, el arancel del 25 % impuesto a determinados bienes de México y Canadá se encuentra en la misma situación. Esta línea de gravámenes fue diseñada originalmente para presionar negociaciones bilaterales y multilaterales, pero ahora su eficacia está en tela de juicio.
Límites de la autoridad ejecutiva
La sentencia subraya que la Administración excedió su facultad al considerar el déficit comercial como amenaza para la seguridad nacional. Según los jueces, la IEEPA está destinada a situaciones de emergencia vinculadas a conflictos armados, terrorismo o riesgos concretos.
El fallo establece un precedente sobre la separación de poderes en materia económica, al restringir el uso de la IEEPA para justificar aumentos arancelarios que carecen de fundamento en riesgos extraordinarios. De esta forma, se refuerza el control judicial sobre decisiones de política comercial.
Exclusiones según la Sección 232 y aranceles metálicos
La resolución no afecta los gravámenes del 25 % sobre automóviles, acero y aluminio, los cuales descansan en la Sección 232 de la Ley de Expansión Comercial de 1962. Esos cargos se basan en argumentos de seguridad nacional vinculados a la producción interna de metales.
Los aranceles bajo la Sección 232 se mantienen vigentes a pesar de la revocación de otros gravámenes. La Corte distingue entre la autoridad conferida por el Congreso para proteger industrias estratégicas y el uso de la IEEPA para objetivos generales de balanza comercial.
Los importadores de productos metálicos deberán continuar cumpliendo con los requisitos establecidos por el Departamento de Comercio y la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos. Cualquier cambio en esos aranceles requerirá un proceso legislativo o nuevo análisis de seguridad.
Reacción en los mercados bursátiles y déficit comercial
Tras el fallo, los futuros del Dow Jones subieron casi 500 puntos (1,1 %), mientras que los del S&P 500 escalaron un 1,4 % y los del Nasdaq ganaron un 1,6 %. Los inversores interpretaron la medida como una señal de menor tensión arancelaria.
La volatilidad en los índices refleja el impacto inmediato de la decisión judicial sobre las expectativas de importadores, empresas manufactureras y analistas de riesgo. El mercado de derivados reaccionó al alza ante la posibilidad de restablecer la cadena de suministro sin cargos adicionales.
El historial de déficit comercial persistente, que acumula casi medio siglo de saldos negativos, ha sido uno de los argumentos centrales en las disputas sobre política arancelaria. Sin embargo, la Corte desechó esta consideración al no calificarla como justificación suficiente bajo la IEEPA.