Incautación de aletas de tiburón deshidratadas en Ensenada

El 5 de junio, en el puerto de Ensenada, personal de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), agentes de la Secretaría de Marina (Semar) y de la Aduana llevaron a cabo la incautación de 135 costales con 2 433 kg de aletas de tiburón deshidratadas. La carga tenía como destino Shanghai, China, según los documentos de transporte presentados en el muelle.

Tras el arribo de la embarcación y la revisión de la mercancía, se procedió a vaciar y pesar los costales para verificar su contenido exacto. La operación formó parte de un control aduanero orientado a frenar el tráfico ilegal de productos marinos y asegurar el cumplimiento de la normativa ambiental vigente.

Análisis de la carga y clasificación de especies

En el peso total de las aletas decomisadas se identificaron cuatro categorías principales, distribuidas por especie y subgrupo taxonómico. La mayor proporción correspondió a diversas especies de tiburón y rayas, mientras que el resto se detalla en función de su nombre científico y común.

El desglose preliminar arrojó 1 282,35 kg de aletas mixtas, 151,65 kg de tiburón toro (Carcharhinus leucas), 317,38 kg de tiburón martillo común (Sphyrna lewini) y 682,22 kg de tiburón sedoso o piloto (Carcharhinus falciformis).

Distribución por peso y categoría taxonómica

Los 1 282,35 kg de aletas de especies variadas incluyen ejemplares sin precisar su identificación exacta, lo que dificulta evaluar su impacto sobre poblaciones específicas. Este segmento representa más de la mitad del cargamento total.

Las especies listadas en Apéndice II de la Convención CITES —tiburón toro, martillo común y sedoso— suman en conjunto 1 151,25 kg, lo cual requiere documentación adicional para su comercialización internacional.

Detección de ejemplares juveniles y neonatos

Durante la inspección se confirmó la presencia de aletas pertenecientes a ejemplares juveniles y neonatos de tiburón. Este hallazgo incrementa la preocupación sobre la presión pesquera en zonas de reproducción y el posible colapso de poblaciones vulnerables.

La extracción de aletas en estadios tempranos de vida reduce la capacidad de recuperación de las especies involucradas, ya que estos individuos no alcanzan madurez ni aportan a la reproducción futura.

Aplicación de la Norma Mexicana y controles CITES

La Norma Mexicana NOM-029-PESC-2006 prohíbe el aprovechamiento exclusivo de aletas de cualquier tiburón, con el objetivo de desalentar el “finning” y proteger la integridad del cuerpo del animal. Adicionalmente, las especies toro, martillo común y sedoso requieren certificado CITES para su comercio.

Al no presentarse la documentación correspondiente, se ejecutó el aseguramiento precautorio de la mercancía y su inmovilización por parte de la Aduana. La acción buscó impedir la salida del país de producto regulado sin cumplir con la legislación ambiental y de comercio internacional.