Fallo judicial en el caso Ayotzinapa: absolución de Abarca
El Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito confirmó la absolución de José Luis Abarca Velázquez por el presunto secuestro de los 43 estudiantes de la Normal Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa. La resolución procesal se basó en la valoración de pruebas y testimonios que, según el tribunal, resultaron insuficientes para sostener la acusación original.
La confirmación del fallo judicial retoma puntos clave como la falta de vinculación directa de Abarca con los hechos de septiembre de 2014 y el análisis de inconsistencias en las declaraciones presentadas durante el proceso penal. Este nuevo fallo mantiene la misma línea del juzgado de 2023, que ya había absuelto al exalcalde y otras 13 personas por delitos relacionados con el caso.
Recurso de amparo directo y rechazo a la impugnación
Tras la sentencia de 2023, los padres de los normalistas presentaron un amparo directo para impugnar la absolución, alegando omisiones en la investigación y errores de apreciación probatoria. El Tribunal Colegiado evaluó el recurso y concluyó que no existían elementos legales para modificar la decisión, ratificando así la inocencia de Abarca en este apartado del proceso.
El rechazo de la impugnación se sustentó en el respeto a la cadena de custodia y a la integridad de las pruebas aportadas en primera instancia. Además, el tribunal subrayó que la jurisprudencia aplicable exige un estándar de certeza muy alto para revocar una sentencia absolutoria, criterio que no se cumplió a juicio de los recurrentes.
Delitos complementarios y penas previas de Abarca
Aunque quedó absuelto del presunto secuestro de los normalistas, José Luis Abarca continúa recluido en el penal del Altiplano por otros delitos. Entre ellos figura lavado de dinero y delitos contra la salud, ilícitos por los que aún enfrenta diversos procesos penales que no se han suspendido a pesar de la última resolución.
En mayo de 2023, Abarca fue sentenciado a 92 años de prisión por el secuestro de seis activistas y a 20 años por el asesinato del síndico Justino Carbajal Salgado. Estas condenas se sustentaron en peritajes forenses, registros bancarios y declaraciones de testigos protegidos.
Registro de sentencias por secuestro y homicidio
La pena de 92 años se impuso tras acreditar la participación de Abarca en el traslado y retención forzada de seis personas vinculadas a movimientos sociales. Los magistrados consideraron probado el modus operandi descrito en las investigaciones ministeriales.
Respecto al homicidio del síndico Carbajal Salgado, la sentencia de 20 años se basó en dictámenes balísticos y en la reconstrucción de hechos elaborada por peritos especializados. El tribunal determinó responsabilidad penal suficiente para imponer la medida privativa de libertad correspondiente.